05/02/2024

EL PLAZO DE LOS DESPIDOS

PLAZO DESPIDOS TRIANGULO LEGAL DESPACHO

EL PLAZO DE LOS DESPIDOS  es de 20 días hábiles para impugnar la decisión de la empresa

 

El plazo de los despidos existente para accionar contra el despido es ese, desde la fecha de efectos del mismo. Una vez pasado, ya no hay nada que hacer, por lo que es muy importante, una vez que ocurra, ponerse en manos de un profesional

 

Esta decisión de la empresa, rompe unilateralmente la relación laboral y  por tanto es imprescindible asesorarse rápidamente

 

Los despidos puedes ser de distintos tipos, existe el despido objetivo, cuyas causas están tasadas en el Estatuto de los Trabajadores, o despidos disciplinarios, y el despido disciplinario, el cual también encuentra la regulación en el Estatuto, pero sus motivos suelen estar desarrollados en el Convenio Colectivo de aplicación del sector donde el trabajador prestaba servicios. Es fundamental que cualquier trabajador sepa cuál es su convenio y tenerlo siempre a mano, porque ahí regula de manera concreta su relación laboral y los derechos que éste tiene

 

En cuanto al despido objetivo, el trabajador siempre tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, y que le sea comunicado con un preaviso de 15 días, y que si éste no se respeta, tendrá derecho a que se le abone. Al tiempo y de manera simultánea a la entrega de la carta de despido, el trabajador tiene que recibir el importe de dicha indemnización, y que si no se abone, el despido podrá convertirse en improcedente. A titulo de ejemplo adjuntamos la siguiente sentencia para ver lo importante del plazo del despido.

Ejemplo de sentencia el plazo de los despidos

En cuanto al despido disciplinario, es debido a que la empresa considera que el trabajador ha cometido faltas muy graves, la cuales como hemos expuesto anteriormente, se encuentran reguladas en el Estatuto de los Trabajadores y sobre todo en el Convenio Colectivo de aplicación del trabajador. Este despido no da derecho a ninguna indemnización al trabajador, no obstante sí que tendrá derecho, si cumple con determinados requisitos, a la prestación por desempleo.

 

Una vez ocurrido el despido, el trabajador debe en primer lugar presentar papeleta de conciliación ante el CMAC siendo el plazo de los despidos de 20 días hábiles (u  organismo similar, dependiendo de la comunidad autónoma donde se encuentre), en dicha papeleta debe impugnar los motivos del despido y solicitar su improcedencia o en su caso la nulidad, si existe vulneración de derechos fundamentales. La improcedencia, y a elección de la empresa, puede suponer la readmisión en su puesto de trabajo con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, o la indemnización de 33 días por año trabajado

En cuanto al despido nulo, que es por vulneración de derechos fundamentales, el trabajador tiene que ser readmitido en su puesto de trabajo con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido. Igualmente también se puede solicitar una indemnización adicional por la mencionada vulneración. Dicha indemnización no se encuentra tasada legalmente, pero no obstante se suele basar, y así lo dice la jurisprudencia, en la horquilla que ofrece las distintas sanciones existentes en la Ley Sanciones e Infracciones en el orden social.

 

En caso que en  el CMAC, no se llegara un acuerdo, el trabajador debe presentar demanda ante el Juzgado de Social, y será en esta sede judicial en la que se decida si el despido está justificado o no. Así en la sentencia que se dicte puede establecer la procedencia o improcedencia del despido o también la nulidad del mismo, y que en ese caso será el Juez el que cifre la indemnización a la que tendría derecho

 

 

Por todo ello, desde TRIANGULO LEGAL, aconsejamos, que se pongan en manos de un profesional desde el minuto.

 

 

 

EL PLAZO DE LO DESPIDOS

DESPACHO TRIANGULO LEGAL EL PLAZO DE LOS DESPIDOS

 

 

 

 

 

 

Comparte este artículo
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Más artículos relacionados