DESPIDO IMPROCEDENTE en Jaén: Sentencia ganada por Triángulo Legal
En Triángulo Legal, abogados laboralistas en Jaén, hemos conseguido una nueva victoria judicial en materia de despido disciplinario. La Sentencia nº 315/2025 del Juzgado de lo Social nº 2 de Jaén ha declarado improcedente el despido de un trabajador al que se le atribuían daños en una máquina industrial, destacando la falta de formación específica exigida para su manejo.
Este caso demuestra DESPIDO IMPROCEDENTE cómo una empresa no puede sancionar con la máxima medida —el despido— cuando ella misma incumple sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y formación de trabajadores.
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Los hechos: un despido disciplinario cuestionable
El trabajador, con más de 9 años de antigüedad, fue despedido disciplinariamente tras un accidente con una máquina trilateral. La empresa alegó daños relevantes en el equipo, pero no acreditó con pruebas periciales que el trabajador fuera el responsable directo.
Además, el empleado no tenía formación para manejar esa máquina, ya que únicamente contaba con curso de carretillero.
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La defensa de Triángulo Legal
Desde Triángulo Legal planteamos en juicio una estrategia basada en varios ejes:




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DESPIDO IMPROCEDENTE La sentencia:
El Juzgado de lo Social nº 2 de Jaén nos dio la razón y declaró el despido improcedente, condenando a la empresa a optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización legal correspondiente.
Con ello, el tribunal subrayó dos ideas fundamentales:
1. El despido disciplinario exige siempre prueba clara, proporcionalidad y culpabilidad.
2. La empresa es la primera obligada a garantizar la formación preventiva adecuada antes de exigir responsabilidades al trabajador.
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Jurisprudencia del Tribunal Supremo DESPIDO IMPROCEDENTE citada en la sentencia
El Juzgado recuerda que la teoría gradualista está plenamente asentada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Así, menciona expresamente:
STS de 11 de octubre de 1993: establece que el despido disciplinario solo es procedente cuando el incumplimiento del trabajador reviste suficiente gravedad y culpabilidad, y debe valorarse caso por caso.
STS de 11 de enero de 2000: reafirma que corresponde al empresario imponer la sanción dentro de los márgenes legales, pero siempre respetando los principios de individualización y proporcionalidad.
En línea con esta doctrina, el Juzgado de Jaén concluye que no concurrían las condiciones para aplicar la sanción máxima del despido, ya que la empresa había permitido de forma reiterada la utilización de la máquina sin la debida formación, asumiendo con ello el riesgo de los posibles incidentes.
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DESPIDO IMPROCEDENTE Consejos prácticos
Para los trabajadores
Ante un despido, es fundamental no firmar conforme en la carta y buscar inmediatamente asesoramiento legal.
El plazo para impugnar el despido es breve: 20 días hábiles.
Muchas veces un despido que parece justificado puede acabar siendo declarado improcedente o incluso nulo.
Para las empresas
Antes de acudir al despido, deben valorar sanciones menores y acreditar de forma clara los hechos.
La formación en prevención de riesgos laborales es clave: no solo evita accidentes, sino que blinda a la empresa ante reclamaciones judiciales.
Una carta de despido mal redactada o una sanción desproporcionada pueden volverse en contra.
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Triángulo Legal: tu defensa en casos de despido en Jaén
En Triángulo Legal somos especialistas en derecho laboral y despidos. Esta nueva sentencia ganada refuerza nuestro compromiso en la defensa de los trabajadores frente a decisiones empresariales injustas.
Nuestra experiencia nos permite ofrecer:
Defensa en despidos disciplinarios, objetivos, improcedentes y nulos.
Reclamaciones de indemnizaciones y salarios pendientes.
Asesoramiento preventivo para empresas y trabajadores.
Para logar el reconocimiento de sus derechos laborales, contacte con TRIANGULO LEGAL DESPIDO IMPROCEDENTE somos expertos en este tipo de asuntos sobre DECLARACION DE ANTIGUEDAD TRAS VARIOS CONTRATOS TEMPORALES, buscando la solución más adecuada a nuestros clientes, con la finalidad de que el procedimiento judicial no suponga infracción de sus derechos y, en la medida de lo posible, conseguir el reconocimiento del derecho laboral pretendido.

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